Oficializan medidas de alivio fiscal para las comarcas del paralelo 42 afectadas por incendios
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la disposición de una serie de medidas de alivio para las localidades de la Comarca Andina afectadas por los incendios forestales, a través de la Resolución general 4947/2021 publicada en el Boletín Oficial.
Con el objetivo de asistir a todas las personas, empresas y contribuyentes el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont prorrogó por 120 días los vencimientos de distintas obligaciones tributarias.
Las herramientas incluidas en la RG contemplan también la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales.
La AIFP considerará cumplidas en término las obligaciones con vencimientos de marzo a junio siempre y cuando se efectivicen en los plazos adicionales establecidos por la normativa.
La medida alcanza a los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, IVA, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como las correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.
Los contribuyentes alcanzados podrán cancelar las obligaciones prorrogadas a través de un plan de facilidades de hasta 48 cuotas.
La resolución también determinó que cuando se trate de medidas iniciadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la normativa de la AFIP, los procedimientos serán paralizados y en caso que se hubiere trabado embargos sobre fondos y valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, la dependencia interviniente arbitrará los medios para el levantamiento de la respectiva medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.
Al finalizar el plazo establecido, los contribuyentes deberán proceder a rehabilitar las cuotas no ingresadas.
El paquete de medidas impulsado por la AFIP se suma a las distintas herramientas desplegadas por el gobierno nacional en materia de asistencia económica, obras públicas y viviendas.
Los contribuyentes alcanzados por estos beneficios podrán visualizar la leyenda “Emergencia y/o Desastre Ígneo”, dentro del Sistema Registral al que se accede con clave fiscal.
Quienes no cuenten con dicha caracterización podrán solicitar los beneficios hasta el 30 de abril de 2021, inclusive, a través del servicio “Presentaciones Digitales”.