Moratoria AREF: Adherí online con hasta 100% de quita en intereses

La AREF habilitó la adhesión web a la moratoria (Ley 1603). Trámite 100% digital hasta el 23/02/2026. Quitas de hasta el 100% en intereses para pago al contado. Conocé los planes y cómo hacerlo.


AREF lanza la adhesión 100% web a su moratoria: cómo acceder a quitas de hasta el 100% en intereses

El Director Ejecutivo, Oscar Bahamonde, anunció que el trámite ya está operativo en aref.gob.ar. Los contribuyentes pueden regularizar deudas con importantes descuentos y sin moverse de sus casas. El plazo para solicitar la adhesión vence el 23 de febrero de 2026.

Con el objetivo de facilitar y masificar el acceso a un beneficio clave, la Agencia de Recaudación de la Provincia (AREF) habilitó desde este viernes la solicitud de adhesión online al Régimen Especial de la Ley 1603, conocida como moratoria. El anuncio lo realizó el Director Ejecutivo, Oscar Bahamonde, quien destacó la simplicidad del trámite digital y los importantes descuentos ofrecidos para la regularización de deudas.

“No es necesario venir personalmente a las oficinas. El trámite es completamente digital”, afirmó Bahamonde, invitando a los contribuyentes a aprovechar la ventana de oportunidad que se extiende hasta el 23 de febrero de 2026.

Paso a paso: cómo adherirse a la moratoria online

  1. Ingresar al sitio oficial de AREF: www.aref.gob.ar.
  2. Dirigirse a la sección “Servicios” y luego a la “Ventanilla de Trámites”.
  3. Seleccionar la opción “Régimen Especial de la Ley 1603”.
  4. Completar los datos mínimos requeridos y proporcionar una dirección de correo electrónico válida.
  5. Confirmar la solicitud. Toda la comunicación posterior (notificaciones, plan de pago) se realizará por email.

Bahamonde aclaró que, ante dudas, los contribuyentes pueden acercarse a cualquier distrito de la AREF para ser asesorados, pero remarcó que la gestión inicial es exclusivamente online.

Beneficios y escalas de quitas: ¿cuánto podés ahorrar?
La moratoria establece descuentos escalonados sobre los intereses según la modalidad de pago y el tamaño del contribuyente (definido por su base imponible).

Para la mayoría de los contribuyentes (base imponible de hasta $2.000 millones):

  • Pago al contado: 100% de quita en intereses.
  • Hasta 12 cuotas: 80% de quita.
  • Hasta 24 cuotas: 60% de quita.
  • Hasta 48 cuotas: 40% de quita.
  • Hasta 60 cuotas: 20% de quita.

Para grandes contribuyentes (base imponible superior a $2.000 millones):

  • Pago al contado: 60% de quita.
  • Hasta 12 cuotas: 40% de quita.
  • Hasta 24 cuotas: 30% de quita.
  • Hasta 36 cuotas: 20% de quita.

Plazos clave y una aclaración importante
Una vez solicitada la adhesión, el contribuyente tendrá 60 días para regularizar su situación (elegir el plan y realizar el primer pago). Bahamonde enfatizó: “No es necesario realizar un pago en este momento; el primer vencimiento será recién el mes próximo”. Esto brinda un respiro para organizar las finanzas sin presión inmediata.

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