27 julio, 2024
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La vicepresidenta CFK visitó la histórica Confitería del Molino frente al Congreso

La exmandataria recordó la sanción de la Ley 27.009 del año 2014 que permitió recuperar el histórico inmueble y que establece que el Poder Ejecutivo debe contemplar los recursos en el presupuesto para el mantenimiento del edificio.


La vicepresidenta de la Nación, Cristina Kirchner, visitó este jueves la Confitería del Molino, ubicada frente al Congreso de la Nación y recordó la promulgación de la ley que permitió la recuperación del inmueble.

Sin hacer menciones políticas tras el triunfo de Unión por la Patria en las elecciones generales y la llegada de Sergio Massa al balotaje del próximo 19 de noviembre, la exmandataria se mostró relajada y se fotografió desde varios ángulos en el lugar.

“En el 2014 promulgamos la ley que permitió recuperarlo y restaurarlo para poner en valor un espacio con un enorme valor histórico, cultural y patrimonial”, recordó CFK con relación al inmueble ubicado en la intersección de las avenidas Rivadavia y Callao.

La iniciativa que la vicepresidenta hace referencia es la Ley 27.009 sancionada el 12 de noviembre del 2014 para declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural el inmueble de la “Confitería del Molino”.

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En la redacción de la ley se establece que el citado inmueble será destinado a las siguientes actividades: El subsuelo y la planta baja deberán ser concesionados para su utilización como confitería, restaurante, local de elaboración de productos de panadería, pastelería o cualquier otro uso afín a dichas actividades.

Y el resto del edificio deberá consagrarse a un museo dedicado a la Historia de la “Confitería El Molino” y el rol que ésta tuvo en el crecimiento y consolidación de la democracia argentina; y a un centro cultural a denominarse “De las Aspas”, dedicado a difundir y exhibir la obra de artistas jóvenes argentinos que no haya sido expuesta públicamente en ningún medio.

También, deja asentado que “el Poder Ejecutivo nacional deberá contemplar en la partida del presupuesto nacional los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo establecido en la presente ley, incluyendo en ella los gastos de reparación y puesta en valor del edificio”.