La AFIP oficializó el procedimiento para acceder a beneficios de la ley de economía del conocimiento
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó el procedimiento para que las empresas accedan a beneficios fiscales previstos en la Ley de Economía del Conocimiento, a través de la Resolución General 4949/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma dispuso el procedimiento a través del cual las empresas deben inscribirse desde el sitio web del organismo para adherir al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
La normativa estableció que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) verificará mediante controles sistémicos, y previo a la emisión del bono fiscal, el cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales de las firmas solicitantes.
También determinó las pautas para el intercambio de información entre AFIP y la autoridad competente del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Asimismo, fijó la forma en que los beneficiarios provenientes del Régimen de Promoción de la Industria del Software, podrán mantener vigentes hasta su agotamiento los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31 de diciembre de 2019.
La ley de Economía del Conocimiento, sancionada en octubre de 2020, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento.
Los beneficios de la ley premian la creación de empleo de calidad, promueven la exportación y apuntalan a un sector estratégico para el país.
El régimen de promoción establece, entre los beneficios fiscales, la posibilidad de que las empresas del sector conviertan en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales pagadas, beneficio que asciende a 80% cuando se trate de nuevas incorporaciones de mujeres; personas travestis, transexuales y transgénero; o, profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería; entre otros.
La normativa contempla que dichos bonos podrán ser destinados a cancelar otros impuestos nacionales como el IVA.