22 noviembre, 2024
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Gobierno firmó documento final emitido por el «Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia»

Tras la reunión que se desarrolló mediante videoconferencia días atrás, la Ministra de Desarrollo Humano de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Verónica González, firmó el documento final en el que las provincias y nación acordaron llevar adelante una línea de acciones consensuadas en el marco de la pandemia del Covid 19.


Al respecto la Ministra resaltó la importancia del Consejo Federal de Niñas, Niños y Adolescentes porque “en el marco de pandemia que nos encontramos delinea cuestiones que a futuro van a ser trascendentales como es el tratamiento de cuestiones psicosociales. Nosotros ya lo veníamos observando y venimos previendo la necesidad de articular acciones inherentes a este tema y por eso es tan importante esta convocatoria que nos encontró a todos con una mirada federal y estructural a la hora de pensar las políticas para niños, niñas y adolescentes del país”.

En ese sentido agregó que “vamos a seguir trabajando y analizando con las áreas de gobierno que correspondan para avanzar en estas lógicas que vemos que pueden modificar la realidad de los niños que tenemos a resguardo con el fin de garantizar sus derechos”.

El documento señala que “Uno de los problemas que se presenta prácticamente en el conjunto de las jurisdicciones es el de las limitaciones en las dotaciones de recursos humanos. Se trata de una debilidad, en muchos casos preexistente, que se agravó por las licencias que debieron concederse en el contexto de la emergencia”

Asimismo resalta “el esfuerzo de las áreas de niñez para articular acciones con diferentes organismos de gobierno, muy especialmente para asegurar la provisión de alimentos a niños y niñas que son atendidos, así como adecuadas prestaciones de salud”.

En ese sentido el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) y las provincias firmaron un documento final en el que establecieron las siguientes líneas de acción consensuadas:

1. Las labores de los trabajadores del campo de las infancias -en especial quienes se desempeñan en establecimientos en que son alojados niñas, niños y adolescentes, que continúan con labores de acompañamiento y/o visitas a familias en territorio y equipos que brindan sostén a esas labores- deben ser definidas como tareas esenciales, a fin de garantizar adecuadamente los derechos de los niños, niñas y adolescentes a quienes se destinan esas acciones.

2. Resulta pertinente que esos trabajadores y trabajadoras, mencionados en el punto anterior, obtengan estímulos económicos por esas labores de cuidado, que se asocian indisolublemente con los servicios de la salud. El Decreto nº 15/2020 dictado por el Presidente de la Nación u otro instrumento similar puede ser el camino para arribar a esa respuesta.

3. Deben revertirse los criterios de jueces y defensores en algunas jurisdicciones cuyas prácticas y decisiones no dan cuenta de las necesidades de niños, niñas y adolescentes en el contexto de la emergencia. Por una parte, resulta imperioso que en la justicia de familia se actúe con agilidad y premura en los controles de legalidad de las medidas excepcionales y los cambios en las modalidades de cuidado alternativo. Por otro lado y en relación con las y los adolescentes privados de libertad, esas situaciones deben reducirse drásticamente, ordenando solturas o restricciones a la libertad en sus domicilios.

4. Los niños, niñas y adolescentes son quienes más perjuicios de diferente índole padecen en el contexto del aislamiento obligatorio. De avanzarse a nivel nacional, o en algunas zonas del país, en la flexibilización de las restricciones de permanencia en los domicilios, deben ser ellos y ellas quienes acceden de manera privilegiada a las salidas con fines lúdicos y de esparcimiento, prácticas estrechamente relacionadas con su bienestar psíquico y emocional. Los niños, niñas y adolescentes que atraviesan la cuarentena en hogares convivenciales o residencias, alejados de sus familias, deberían ser quienes accedan a esos permisos de manera más inmediata.

5. Es imprescindible que se pueda dar continuidad, aun durante la emergencia, a algunos trámites de la seguridad social fundamentales para las infancias, como el cambio de titularidad de la Asignación Universal por Hijo, mediante adenda, o el inicio de la Reparación Económica para las Niñas, Niños y Adolescentes (RENNYA) conforme Ley N° 27.452. Deben avanzarse en los acuerdos institucionales a tal efecto.

6. Debemos redoblar los esfuerzos por ampliar los servicios de salud mental para las infancias, muy especialmente hacia aquellos niños, niñas y adolescentes con quienes interactúan las áreas de protección de derechos.

7. Se han presentado algunas dificultades para el traslado de niños, niñas y adolescentes de retorno a sus residencias habituales cuando es de una provincia a otra. Es necesario agilizar las articulaciones y acuerdos inter-institucionales para resolver de manera rápida la situación de esos chicos y chicas.

8. En la medida en que avanzan los contagios se hace más imperioso encontrar mecanismos ágiles y adecuados para encontrar espacios de cuidados alternativos respecto de sus propios hogares familiares para niños y niñas, cuando sea necesario que los mismos no puedan continuar, transitoriamente, conviviendo con sus padres o cuidadores habituales. Todas las jurisdicciones deben adoptar los recaudos necesarios en tal sentido.

9. Aquellos organismos provinciales que hayan generado normas, guías, documentos sobre prácticas innovadoras, protocolos o materiales de difusión para favorecer el acceso de niños, niñas y adolescentes a sus derechos en el contexto de la emergencia pueden remitirlos a la Presidencia del Consejo Federal, desde donde se distribuirán a todas las provincias para que se enriquezcan sus acciones.