El IPV suspende el cobro de cuotas y punitorios dentro del periodo de cuarentena
Las medidas aplicarán hasta tanto se normalice la situación de la pandemia del COVID-19.
El IPV informa a todos los adjudicatarios o beneficiarios de viviendas FONAVI, lotes, o créditos que en el marco de la pandemia desatada por el COVID-19, y ante la difícil situación que aqueja a todos, desde el Gobierno de la provincia se ha procedido a implementar distintas medidas con el fin de atender la franja más vulnerable respecto a las cuotas de amortización.
En este sentido, se detalla que:
- Aquellos adjudicatarios o beneficiarios que no perciban ingreso familiar y a todos aquellos que perciban menos de $ 45.000, se suspenderá el cobro de las cuotas correspondiente a los meses que dure la cuarentena y hasta tanto pueda normalizarse la atención respectiva de cada caso en particular.
- Dar continuidad sin concurrencia a las oficinas del IPV por el lapso que dure la cuarentena y hasta tanto pueda normalizarse la atención respectiva los diferimientos o reducciones de cuotas hasta el mes de marzo del corriente
- El IPV en todos los casos de cuota en mora de los meses que se vio afectada la cuarentena, no se aplicará punitorios sobre las mismas. Si son abonadas fuera de su vencimiento respectivo.
Además se encuentran habilitados los siguientes canales de comunicación para dejar sus consultas respectivas:
- Vía mail: en Ushuaia a m_olea@ipvtdf.gov.ar y v_saccone@ipvtdf.gov.ar y en Río Grande a s_estigarribia@ipvtdf.gov.ar y s_aballay@ipvtdf.gov.ar.
- Mensaje vía WhatsApp en la ciudad de Ushuaia al 2901-15540776
- Teléfonos de línea directa a las oficinas de recupero en los horarios de 10 a 13 horas: en Ushuaia al 2901-423079 internos 1403-1408-1406; y en Río Grande al 2964- 429010-427590-433700 interno 1425
Estos canales estarán habilitados para:
- Adjudicatarios y/o beneficiarios que no perciban ingresos.
- Adjudicatarios y/o beneficiarios que a la fecha del mes de marzo inclusive poseían cuota diferida y/o reducida.
- Adjudicatarios y/o beneficiarios que perciban menos de $ 45.000 en el grupo familiar.
La documentación que deberán presentar es la siguiente:
- DNI del adjudicatario y/o beneficiario
- Para aquellos en donde los ingresos sean menor de $ 45.000 enviar una foto de los recibos de sueldos correspondientes del grupo familiar.
- Certificación negativa de ANSES en caso de no percibir ingresos.
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