22 noviembre, 2024
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Ediles aprobaron iniciativa del concejal Campos: «Protocolo Sanitario de Emergencia para conductores de taxis y remis»

Concejales aprobaron el proyecto que establece el Protocolo Sanitario de Emergencia para el ejercicio del servicio de transporte de pasajeros mediante explotación privada (Taxis y Remises), el que deberá ser cumplimentado por todos los conductores de remises y taxis habilitados de la ciudad.


Los ediles aprobaron distintas iniciativas que se encontraban en comisión, como por ejemplo fue el dictamen N° 38/2020, origen Forja-Todos, concejal Walter Campos, proyecto por el cual se establece el Protocolo Sanitario de Emergencia para el ejercicio del servicio de transporte de pasajeros mediante explotación privada (Taxis y Remises), el que deberá ser cumplimentado por todos los conductores de remises y taxis habilitados de la ciudad.

En este sentido se dispone que todos los prestadores habilitados para brindar el servicio de transporte de pasajeros mediante explotación privada de taxis y remises, deberán adoptar las medidas de seguridad y prevención ante el Coronavirus, por lo cual deberán iniciar el turno de trabajo en perfectas condiciones de higiene y desinfección del vehículo y conductor, la desinfección mediante rociado de manijas de interior y exterior de puertas, vidrios, alfombras, asientos traseros y dispositivos sanitarios de aislamiento preventivo (con alcohol 70 vol. Diluido en agua) luego de cada viaje.

Asimismo tendrán que limpiar el volante con desinfectantes frecuentemente, al terminar el turno de trabajo, desinfectar e higienizar por completo el vehículo, la utilización de barbijo o tapaboca y guantes de látex, vinilo o calidad superior por parte del conductor y evite usar la opción de recirculación de aire de la ventilación del auto durante el transporte de pasajeros; use las rejillas de ventilación del auto para permitir el ingreso de aire fresco y/o baje las ventanillas del vehículo.

También corresponderá contar con la instalación de un dispositivo sanitario de aislamiento preventivo que asegure total división entre los asientos delanteros de los traseros y de piso a techo, únicamente con una abertura/ventanilla con cierre dispuesto, o abrojo, o similar para realizar el pago del viaje, siendo que el mismo deberá constar de un film cristal de PVC o polietileno transparente de 200 micrones, en su defecto un dispositivo sanitario de aislamiento preventivo superior.

Se establece el traslado limitado hasta 2 pasajeros por viaje con las medidas de prevención vigentes (uso de barbijo o tapaboca), donde los pasajeros deberán ocupar solamente el asiento trasero de la unidad automotriz, debiendo los pasajeros ascender y descender de las unidades por la puerta trasera, quedando absolutamente prohibido y sin excepción permitir que los pasajeros usen el asiento delantero, y se requerirá a los pasajeros que manipulen sus propios bolsos y pertenencias personales al subir y bajar del vehículo, entre otros ítems.