La Justicia anuló la resolución que eliminaba la publicación de los precios de los combustibles

Un fallo del juez federal Alejo Ramos Padilla dejó sin efecto la resolución que eliminaba la obligación de informar en tiempo real los precios de los combustibles. La sentencia destacó el derecho de consumidores y usuarios a acceder a información pública y transparente.


La Justicia Federal declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado la obligación de informar en tiempo real los precios de los combustibles en todo el país. El fallo, firmado por el juez federal Alejo Ramos Padilla, representa un revés para la cartera que conduce Luis Caputo y vuelve a poner en el centro del debate el derecho de los consumidores a acceder a información pública sobre los valores de la nafta y el gasoil.

La decisión judicial deja sin efecto la Resolución 717/2025, mediante la cual el Ministerio de Economía había derogado el sistema vigente desde 2016 que obligaba a las estaciones de servicio a reportar cada modificación de precios dentro de las ocho horas posteriores a su aplicación. Ese mecanismo alimentaba una base de datos pública que permitía comparar valores entre distintas estaciones y detectar posibles irregularidades.

¿Qué establecía la resolución cuestionada?

Hasta la modificación impulsada por el Gobierno nacional, todas las estaciones de servicio debían informar oficialmente cada cambio en el precio de los combustibles.

Ese registro era utilizado por organismos públicos, empresas, consumidores y aplicaciones que permitían conocer cuánto costaba cargar combustible en cada localidad del país.

Con la resolución de Economía, esa obligación dejó de existir, bajo el argumento de avanzar en un esquema de desregulación del mercado.

Sin embargo, el magistrado consideró que eliminar esa herramienta afectaba el derecho de acceso a la información de los consumidores y limitaba la transparencia en un mercado de fuerte impacto sobre la economía cotidiana.

El argumento central del fallo

En su resolución, Ramos Padilla sostuvo que el acceso a la información sobre precios constituye un derecho protegido para los usuarios y consumidores.

La sentencia remarca que el Estado no puede eliminar mecanismos de publicidad que permitan conocer valores de referencia en bienes esenciales como los combustibles, ya que esa información resulta clave para tomar decisiones de consumo y favorecer la competencia.

En consecuencia, el juez declaró la inconstitucionalidad de la resolución ministerial y dejó sin efecto la desregulación respecto del sistema de información de precios.

Un nuevo frente judicial para el Ministerio de Economía

El fallo representa un nuevo desafío judicial para el equipo económico encabezado por Luis Caputo, en momentos en que el Gobierno impulsa una agenda de desregulación en distintos sectores de la economía.

La resolución no modifica los valores de la nafta o el gasoil ni implica cambios en la política de precios, pero sí obliga a restablecer un mecanismo de información pública considerado esencial para garantizar la transparencia del mercado y la protección de los consumidores.

Qué puede ocurrir ahora

La decisión judicial puede ser apelada por el Estado nacional, por lo que el expediente continuará su recorrido en instancias superiores.

Mientras tanto, el fallo reabre el debate sobre el alcance de las políticas de desregulación y el equilibrio entre la simplificación administrativa y el derecho de los ciudadanos a acceder a información pública sobre bienes de consumo masivo.

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