La Corte Suprema dictó una medida cautelar y restituyó provisoriamente la Ley de Tierras

La Corte Suprema dictó una medida cautelar interina que suspende la derogación de la Ley de Tierras fijada en el DNU 70/2023. La decisión responde a un amparo ambiental de la ONG Árbol de Pie mientras el Juzgado Federal de Bariloche resuelve el fondo de la cuestión.


En un acuerdo extraordinario con la intervención de dos conjueces, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar interina que frena de forma provisoria la derogación de la Ley de Tierras (Ley 26.737). La resolución del máximo tribunal suspende los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei, restableciendo los límites a la compra y tenencia de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras.

La decisión judicial se produjo tras semanas de creciente tensión política y social, luego de que diez días antes el propio tribunal hubiera desestimado un planteo similar impulsado por el Centro de Excombatientes de Islas Malvinas (CECIM).

El amparo de la ONG Árbol de Pie y el giro del tribunal

El fallo respondió a una acción de amparo colectivo iniciada a fines de diciembre de 2023 por la Asociación Civil Árbol de Pie ante la Justicia federal de Bariloche. La organización solicitó la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 argumentando que la eliminación de los topes a la extranjerización afecta el derecho a un ambiente sano y equilibrado, tutelado en el artículo 41 de la Constitución Nacional, así como los recursos naturales y los derechos de comunidades originarias.

La Corte Suprema diferenció este expediente del caso CECIM al señalar que mientras los excombatientes invocaron la soberanía nacional —lo que derivó en el rechazo por falta de legitimación activa—, Árbol de Pie fundó su reclamo en la tutela ambiental.

El dictamen judicial fijó que la suspensión del decreto regirá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie de manera definitiva sobre la legitimación de los demandantes y examine la cautelar solicitada. La resolución fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, con el voto en disidencia del juez Carlos Rosenkrantz.

Reconfiguración del escenario político en la Cámara de Diputados

La restitución provisoria de la normativa modificó los planes de la oposición en el Congreso Nacional. Diversos bloques parlamentarios —entre ellos Unión por la Patria, la UCR, la Coalición Cívica, el Frente de Izquierda y Provincias Unidas— tenían prevista una sesión especial para el próximo jueves 15 de octubre con el objetivo de reunir los 129 diputados necesarios para dar quórum y derogar de forma definitiva el DNU 70/2023.

Desde sectores opositores sostuvieron que, pese a la resolución judicial, mantendrán la convocatoria a la sesión para consolidar la protección territorial mediante una ley. Por el contrario, en el oficialismo de La Libertad Avanza y el Gobierno Nacional evaluaron que la cautelar “les saca un problema de encima” y desactiva el entusiasmo de sectores dialoguistas para dar quórum, al haber desaparecido de forma temporal la urgencia sobre los límites a la venta de tierras a extranjeros.

Paralelamente, la conducción libertaria en Diputados convocó a un plenario de comisiones para discutir el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, donde evalúan incluir modificaciones sobre el régimen de tierras rurales.

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