Ley de Tierras: la Corte suma dos conjueces

La Corte Suprema convocó a Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci para intervenir en otro planteo contra la derogación de la Ley de Tierras Rurales mediante el DNU 70/2023.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación incorporará a dos conjueces para intervenir en una causa que cuestiona la derogación de la Ley de Tierras Rurales mediante el artículo 154 del DNU 70/2023.

Los magistrados sorteados son Diego Barroetaveña, presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza. Ambos se sumarán, para este expediente, a los tres integrantes actuales del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

La decisión se produjo luego de que los tres jueces de la Corte no alcanzaran un criterio común para resolver el planteo presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, junto con comunidades indígenas y otros actores de Río Negro. El expediente cuestiona la constitucionalidad del artículo del DNU que derogó la Ley 26.737.

Un nuevo expediente sobre la Ley de Tierras

El planteo se originó en la Justicia Federal de Bariloche y posteriormente pasó por la Cámara Federal de La Plata antes de llegar a la Corte Suprema.

La presentación sostiene que los actores tienen una legitimación diferente de la invocada en el expediente promovido por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) La Plata. En este caso, los argumentos están vinculados con la protección ambiental y los derechos de los pueblos y comunidades indígenas sobre sus territorios.

El pedido cobró relevancia después del fallo de la Corte del 29 de septiembre, mediante el cual el máximo tribunal hizo lugar al planteo relacionado con la legitimación del CECIM. Esa decisión dejó sin efecto la sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras y volvió a dejar vigente la derogación establecida por el DNU 70/2023.

Qué deberá resolver ahora la Corte

La causa que deberá analizar la Corte es distinta del expediente del CECIM, aunque ambos están relacionados con la derogación de la misma norma.

Los representantes de Árbol de Pie habían presentado un pedido de aclaración para que el tribunal precisara si el fallo referido al CECIM también alcanzaba a su expediente.

El planteo sostiene que los fundamentos de legitimación son diferentes: mientras el CECIM había argumentado desde la defensa de la soberanía territorial, la nueva presentación invoca derechos vinculados con el ambiente y con las comunidades indígenas.

La convocatoria de los dos conjueces permite completar la integración necesaria para que la Corte pueda avanzar sobre este expediente. La decisión no anticipa cuál será el resultado del nuevo análisis judicial.

Entre las alternativas que aparecen para el tribunal se encuentra definir qué tratamiento corresponde darle al expediente y, eventualmente, resolver sobre las medidas solicitadas por los demandantes.

La discusión vuelve así a colocar a la Ley de Tierras Rurales en el centro de una disputa judicial que comenzó con la derogación de la Ley 26.737 mediante el DNU 70/2023 y que ahora tendrá un nuevo capítulo ante la Corte Suprema.

El punto central del debate

La Ley 26.737 establecía restricciones a la adquisición de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras. El artículo 154 del DNU 70/2023 derogó ese régimen.

El nuevo expediente que llega al máximo tribunal no significa, por sí mismo, que esas restricciones hayan sido restablecidas. Lo que se abre ahora es una nueva instancia judicial para determinar el alcance de los planteos presentados contra la derogación.

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