Presupuesto 2027: derogan artículos clave de la ley de Discapacidad

El proyecto elimina el nomenclador único, la actualización automática de aranceles y la compatibilidad entre pensión y empleo registrado. Legisladores de la oposición alertaron sobre la fragmentación de prestaciones y la pérdida de cobertura de salud.


Una de las polémicas más fuertes que generó la presentación del proyecto de Presupuesto 2027 es la derogación de artículos medulares de la ley de emergencia en Discapacidad (Ley 27.793), una iniciativa que la oposición busca prorrogar para evitar que los titulares de pensiones no contributivas pierdan derechos a partir del año próximo.

El proyecto enviado al Congreso elimina el artículo 14 de la ley 27.793, que consagraba el principio de nomenclador único a nivel nacional para todas las prestaciones del sistema. Esta modificación implica que los prestadores deberán negociar de manera individual los aranceles con cada prepaga y cada obra social, terminando con la homogeneidad de los valores en todo el país.

Fin del nomenclador único y de la actualización automática

A través del artículo 39 del Presupuesto, se sustituye el artículo 7 bis de la ley de emergencia por una nueva redacción que, además de eliminar la política de arancel único, deja sin efecto la actualización automática mensual de los valores de acuerdo al índice de movilidad jubilatoria.

El nuevo texto establece explícitamente que “la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles” y dispone que el nomenclador “no incluirá valores universales”.

Según explicó el vicepresidente de la comisión de Discapacidad, Juan Marino (Unión por la Patria), con esta nueva política “cada obra social, prepaga o provincia fijará valores diferenciados, desatando una presión a la baja y fragmentando la atención médica y terapéutica”.

El diputado nacional de la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro coincidió con Marino en que la lógica contemplada en el artículo 39 del Presupuesto “permite que cada ente obligado (obra social, prepaga o Estado) determine los valores en su relación con los prestadores”.

Ferraro acotó que “sólo para el Estado Nacional prevé una determinación trimestral de aranceles por parte de la Secretaría Nacional de Discapacidad”, aunque sin definir un índice concreto como la movilidad jubilatoria.

“En criollo, eliminan el criterio de arancel único para todo el sistema y reemplazan una regla objetiva por un esquema fragmentado, discrecional e incierto para prestadores y personas con discapacidad”, expresó el legislador opositor.

Compatibilidad entre pensión y empleo registrado

Otro punto controversial del Presupuesto es la eliminación de la compatibilidad entre la pensión por discapacidad y un empleo registrado o monotributo que aporte ingresos de hasta dos salarios mínimos.

A través del artículo 37 del Presupuesto se suprime esta posibilidad. Según explicó Marino, “el proyecto invierte la regla: cualquier empleo registrado (incluso de pocas horas) o alta tributaria extingue la pensión”.

El diputado de Unión por la Patria también advirtió que mediante los cambios en el Presupuesto se “elimina la suspensión temporaria y la rehabilitación inmediata al terminar el contrato, empujando a las personas con discapacidad a la informalidad”.

Eliminación del estudio de costos y cambios en la definición de discapacidad

El Presupuesto también suprime el instrumento de estudio de costos para cada uno de los servicios o prestaciones del sistema.

“Borran la herramienta que permitía actualizar aranceles según costos específicos del sector que no capta el IPC, asfixiando a los prestadores”, lamentó Marino, quien puso como ejemplo los valores que se pagan a los transportistas (apenas 900 pesos por kilómetro), que ni siquiera alcanzan a cubrir los costos reales de mantenimiento del servicio.

Por otra parte, se deroga el artículo 5 de la ley 27.793, que define a la persona con discapacidad remitiendo a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

De esta manera, según la interpretación de la oposición, se le otorga al Poder Ejecutivo discrecionalidad para reducir los requisitos para que una persona pueda ser considerada discapacitada y, de ese modo, depurar la nómina de beneficiarios.

Cobertura de salud para titulares de pensiones no contributivas

Otro artículo del Presupuesto, el 41, elimina el artículo 8 de la ley de emergencia que garantiza la cobertura de salud a los titulares de pensiones no contributivas por Discapacidad.

“Es decir, la cobertura (de salud) deja de ser un derecho legal exigible por los titulares de pensiones”, alertó Marino.

Hasta ahora, ese artículo aseguraba que las personas que perciben pensiones no contributivas por discapacidad tuvieran garantizada la atención médica a través del sistema de salud.

Críticas de la oposición: “Ilegal e inconstitucional”

Por todas estas razones, el diputado de Unión por la Patria concluyó que la maniobra que el Gobierno busca ejecutar a través del Presupuesto para desguazar la ley de emergencia en Discapacidad es “ilegal e inconstitucional”.

“Meter modificaciones permanentes de leyes de fondo en una ley de presupuesto viola el art. 20 de la Ley de Administración Financiera (Ley 24.156). A su vez, viola el principio de progresividad y no regresividad en Derechos Humanos (arts. 75 inc. 22 y 23 de la CN)”, remató Marino.

Por su parte, Ferraro acusó al Gobierno de tener una política de “crueldad” contra un sector que “atraviesa una emergencia reconocida por ley, con instituciones al borde del cierre, prestaciones desactualizadas y miles de familias a la deriva”.

Impacto en las provincias y en Tierra del Fuego

Las modificaciones en la ley de emergencia en Discapacidad tendrán impacto directo en las provincias, donde se concentran gran parte de los prestadores de servicios terapéuticos, educativos y de transporte para personas con discapacidad.

En Tierra del Fuego, la eliminación del nomenclador único y de la actualización automática de aranceles podría afectar la sustentabilidad de los centros de rehabilitación, escuelas especiales y servicios de transporte adaptado en Ushuaia, Río Grande y Tolhuin, donde los costos operativos son más elevados por la condición insular y la logística de abastecimiento.

La fragmentación de aranceles entre obras sociales, prepagas y provincias también podría generar diferencias en la calidad y disponibilidad de prestaciones entre jurisdicciones, según advirtieron legisladores y organizaciones del sector.

El tratamiento del Presupuesto 2027 en el Congreso será el escenario donde la oposición buscará revertir estas modificaciones y avanzar en la prórroga de la ley de emergencia en Discapacidad.

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