Una denuncia penal presentada por Gabriel Solano cuestiona las tasas de los créditos de Mercado Pago y sostiene que el costo financiero total puede superar el 1.300% anual. La Justicia deberá determinar si existe delito.
Una denuncia penal contra Marcos Galperin y Mercado Pago por presunta usura ingresó a la Justicia argentina y puso nuevamente bajo la lupa el costo de los créditos ofrecidos por las billeteras digitales. La presentación fue realizada por Gabriel Solano, dirigente del Partido Obrero y exlegislador porteño, quien cuestionó las tasas aplicadas a usuarios que recurren al financiamiento fuera del sistema bancario tradicional.
Según publicó Tiempo Argentino, la denuncia quedó radicada en el Juzgado Criminal y Correccional N.º 53, a cargo del juez Francisco Carlos Aponte, mientras que la investigación quedó vinculada a la Fiscalía N.º 60, encabezada por Claudia Katoc.
El dato que concentra la discusión es el costo financiero total (CFT) que, de acuerdo con la denuncia, puede alcanzar niveles superiores al 1.300% anual para determinados perfiles de crédito.
Es importante precisar que no existe, por el momento, una condena ni una declaración judicial que determine que Mercado Pago haya cometido el delito de usura. Se trata de una denuncia que deberá ser investigada por la Justicia.
Qué cuestiona la denuncia contra Mercado Pago
La presentación sostiene que las tasas cobradas por los préstamos de Mercado Pago serían desproporcionadas y que la empresa obtiene una ventaja particularmente importante frente a personas que tienen dificultades para acceder a préstamos bancarios convencionales.
Solano afirmó que “no estamos ante una diferencia normal entre tasas de mercado” y calificó la situación denunciada como un posible mecanismo de usura.
Uno de los números citados en la denuncia es un CFT efectivo de hasta 1.375% anual. La presentación compara ese costo con tasas considerablemente inferiores de otras alternativas de financiamiento.
El argumento central no apunta solamente al porcentaje de interés, sino también al perfil de los usuarios que recurren a estos préstamos.
El problema de quienes quedan fuera del crédito bancario
La discusión adquiere una dimensión económica relevante porque las billeteras virtuales se convirtieron en una alternativa de financiamiento para personas que no necesariamente cumplen con los requisitos tradicionales de los bancos.
La denuncia sostiene que allí existe una relación desigual entre quien necesita dinero de manera urgente y quien dispone de una plataforma capaz de otorgar crédito de manera rápida y automatizada.
Solano planteó que “la particularidad de Mercado Pago es que convirtió el endeudamiento en un negocio masivo, automatizado y permanente”.
La presentación también cuestiona la falta de una regulación específica para determinadas operaciones de las billeteras digitales, aunque sostiene que esa ausencia regulatoria no impediría investigar eventuales conductas alcanzadas por el Código Penal.
El Código Penal y la figura de usura
La denuncia se apoya en el artículo 175 bis del Código Penal, que contempla el delito de usura cuando una persona se aprovecha de la necesidad, ligereza o inexperiencia de otra para obtener intereses u otras ventajas económicas consideradas evidentemente desproporcionadas.
La norma establece penas de prisión de uno a tres años y multas, con agravantes que pueden elevar la pena cuando se trata de un prestamista profesional o habitual.
Esto será uno de los puntos centrales que deberá analizar la Justicia: no alcanza con demostrar que una tasa es elevada; la investigación deberá establecer si se configuran los elementos que exige la figura penal de usura.
La comparación con Brasil
Otro de los argumentos utilizados en la denuncia es la diferencia entre las condiciones de financiamiento de Mercado Pago en Argentina y Brasil.
Según la información citada por Tiempo Argentino, mientras determinadas operaciones en Argentina pueden alcanzar un CFT superior al 1.300%, en Brasil se menciona un límite del 63,13%, una diferencia que el denunciante presenta como una señal que merece ser investigada.
La comparación, sin embargo, debe tomarse con cautela: las tasas de crédito no dependen únicamente de la empresa, sino también del marco regulatorio, el riesgo de cada mercado, la inflación, el costo de fondeo, la morosidad y las características de cada producto financiero.
Por eso, la diferencia entre países constituye un elemento de la denuncia, no una prueba por sí misma de la existencia del delito.
Qué deberá determinar ahora la Justicia
La investigación tendrá que establecer, entre otros puntos, qué tasas fueron efectivamente aplicadas a los usuarios, cómo se calculó el costo financiero total, qué perfiles de clientes recibieron esas condiciones y si existió un aprovechamiento de situaciones de necesidad que pueda encuadrarse en el Código Penal.
La denuncia también solicita determinar quiénes participaron en la definición de la política de créditos y cuántos usuarios podrían haber sido afectados.
El caso abre, además, una discusión que excede a Mercado Pago: ¿hasta dónde puede llegar el costo de un crédito cuando quien lo solicita no tiene otra alternativa de financiamiento?
La respuesta no será solamente económica. Ahora deberá ser también jurídica.