La Corte ratificó una cautelar que exige al Gobierno aumentar 56% los sueldos docentes y 95% las becas Progresar. El fallo unánime desestima el recurso del Ejecutivo.
La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al gobierno de Javier Milei a cumplir con dos artículos clave de la Ley de Financiamiento Universitario, en un fallo unánime que representa un revés judicial para la administración libertaria. El máximo tribunal desestimó el recurso del Poder Ejecutivo que buscaba suspender la cautelar y también rechazó el pedido de excusación de los jueces –argumentado por el Gobierno bajo la sospecha de que, por ser docentes universitarios, no podían fallar imparcialmente–.
Con esta decisión, el Ejecutivo deberá actualizar de inmediato los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas, así como las becas estudiantiles, según lo establecido en los artículos 5° y 6° de la norma sancionada por el Congreso en octubre de 2025 tras insistir contra el veto presidencial. La resolución judicial impacta directamente en los bolsillos de más de 150.000 trabajadores universitarios y en miles de estudiantes que dependen de las becas Progresar, Manuel Belgrano y de Enfermería.
El fallo: un golpe al decreto de suspensión del Gobierno
La historia de esta disputa arrancó en agosto de 2025, cuando el Senado sancionó la Ley de Financiamiento Universitario –con media sanción previa de Diputados– que establecía la actualización automática del presupuesto universitario y de los salarios según la inflación acumulada desde diciembre de 2023. El presidente Milei vetó la norma en septiembre, pero en octubre la oposición logró reunir los votos necesarios para rechazar el veto en el Congreso, forzando su promulgación.
Sin embargo, el Ejecutivo dictó un decreto de promulgación que incluía una cláusula suspensiva: la ejecución de la ley quedaría en pausa hasta que el Congreso indicara las fuentes de financiamiento. Frente a esa maniobra, el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) presentó una demanda en el fuero Contencioso Administrativo Federal para declarar inconstitucional ese decreto y solicitó una medida cautelar que obligara al Gobierno a cumplir con los artículos 5° y 6° mientras se resolvía el fondo.
El juez federal Martín Cormick concedió la cautelar en primera instancia, y la Cámara la confirmó. Pero en mayo, el Ejecutivo logró una suspensión temporal hasta que la Corte Suprema se pronunciara sobre su recurso extraordinario. Ahora, con el fallo de los tres jueces –Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti–, la cautelar vuelve a estar plenamente vigente.
¿Qué implican los artículos 5° y 6° en términos concretos?
El artículo 5° de la ley exige que los salarios docentes y no docentes se actualicen, desde el 1° de diciembre de 2023, en un porcentaje no inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. Además, ordena al Ejecutivo convocar a negociaciones paritarias cada tres meses y ofrecer aumentos que no pueden ser menores a la inflación del período.
El artículo 6°, por su parte, determina la actualización automática por inflación de todas las becas estudiantiles –Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería– desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley (octubre de 2025).
El impacto salarial: del 21,3% al 56%
A principios de junio, el Gobierno y los gremios universitarios habían cerrado un acuerdo paritario con un aumento del 24,3% en dos cuotas: 21,3% en junio (sobre los salarios de mayo de 2026) y un 3% adicional en octubre. Ese pacto, que ya era considerado insuficiente por las federaciones docentes, queda ahora desbordado por la exigencia legal.
Según cálculos de fuentes del CIN, para cumplir con la actualización por inflación dispuesta en la ley, los salarios deberían incrementarse un 56% respecto a los haberes de mayo de 2026 –es decir, un 29% adicional por encima del aumento ya acordado–. Para ponerlo en cifras: un docente auxiliar de primera con dedicación simple (9 horas semanales) y 10 años de antigüedad, que hoy cobra $337.000 brutos, pasaría a $409.000 con el acuerdo de junio, pero debería llegar a $525.000 si se aplica el fallo de la Corte.
Becas: un salto del 95% para Progresar
El artículo 6° es igualmente explosivo en términos presupuestarios. La ley establece que las becas deben actualizarse por inflación acumulada entre diciembre de 2023 y octubre de 2025, lo que representa un 241% de incremento. En el caso de la Beca Progresar –que en noviembre de 2023 era de $20.000 y que el Gobierno aumentó a $35.000 en septiembre de 2024, manteniéndolo congelado desde entonces–, la actualización legal la llevaría a $68.200 desde octubre de 2025 (un 95% más que el monto actual). Si se continuara actualizando por inflación posterior (algo no previsto en la norma pero que algunos sectores reclaman), hoy superaría los $84.000.
Reacciones y próximos pasos
Desde el CIN celebraron el fallo y exigieron al Ejecutivo su cumplimiento “inmediato y sin excusas”. En cambio, voceros oficialistas evitaron declaraciones formales pero filtraron que el Gobierno evalúa la posibilidad de presentar un nuevo recurso –esta vez ante la Corte en pleno– o buscar una vía legislativa para modificar la ley, aunque el escenario parlamentario se presenta adverso.
Mientras tanto, las universidades públicas y los gremios docentes se preparan para monitorear el cumplimiento de la cautelar. La Federación de Docentes Universitarios (FDU) ya anunció que “no bajará los brazos” y que, de no verse reflejado el aumento en los próximos haberes, no descartan medidas de fuerza.
El fallo de la Corte Suprema no solo redefine el escenario salarial y de becas, sino que también envía una señal clara sobre los límites del poder de veto y la cláusula suspensiva que el Ejecutivo intentó imponer. La pelota queda ahora en el tejado del Ministerio de Economía, que deberá encontrar los fondos para afrontar un incremento que, según estimaciones privadas, podría costar más de $200.000 millones adicionales en lo que resta del año.