Tierra del Fuego obliga por ley a obras sociales y prepagas a pagar las atenciones en hospitales públicos

La Legislatura actualizó la Ley 1004 para agilizar el cobro de prestaciones. Busca recuperar millones en deudas atrasadas y proteger los recursos de los hospitales provinciales.


TIERRA DEL FUEGO ENDURECE LA LEY: OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS DEBERÁN PAGAR AL HOSPITAL PÚBLICO EN TIEMPO Y FORMA

La Legislatura provincial reformó la Ley 1004 para establecer reglas claras y plazos obligatorios de pago. El objetivo es recuperar deudas millonarias atrasadas “durante años” y destinar esos fondos al sistema sanitario público.

Con el objetivo de recuperar fondos esenciales para el sistema de salud, la Legislatura de Tierra del Fuego sancionó una reforma clave a la Ley Provincial Nº 1004. La modificación, impulsada por el Ministerio de Salud, obliga a obras sociales, prepagas y aseguradoras (denominados “terceros financiadores”) a pagar de manera efectiva y dentro de plazos definidos las atenciones que sus afiliados reciben en hospitales y centros públicos provinciales.

Fin a las deudas “atrasadas durante años”

La ley original, de 2014, había generado con el tiempo “acumulación de deuda y trabas burocráticas”. Desde la cartera sanitaria detallaron que esta situación derivó en “pagos atrasados durante años, deudas acumuladas sin actualización y falta de reconocimiento de intereses”, perjudicando la financiación del sistema público.

¿Qué cambia con la nueva ley?

La reforma establece mecanismos más firmes y ágiles para el recupero de fondos:

  • Obligatoriedad de pago: Toda prestación brindada a un afiliado será facturada, haya o no convenio previo con la obra social o prepaga.
  • Plazos definidos: Se establecen tiempos concretos para que los “terceros financiadores” abonen las facturas.
  • Herramientas de cobro: Se prevén instancias administrativas y legales ante el incumplimiento, incluyendo la posibilidad de regularizar deudas y ejecutar acciones judiciales.

Atención garantizada y recursos protegidos

Las autoridades aclararon que la atención sanitaria seguirá garantizada para toda la población, sin importar su cobertura. El espíritu de la ley es que “el Estado provincial no absorba costos que corresponden a obras sociales y prepagas”, protegiendo así los recursos públicos para reinvertirlos en medicamentos, equipamiento y mejoras en la atención.

“Con esta actualización, los terceros financiadores pasan a tener obligaciones claras y plazos definidos, y el sistema de salud provincial cuenta con herramientas concretas para recuperar los costos“, destacaron desde el Ministerio de Salud.

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