22 noviembre, 2024
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«El Ministerio de Salud autorizó la flexibilización de actividades que regiran desde este lunes 5 de Octubre»

El Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Salud, con el asesoramiento del Comité Operativo de Emergencia, dispuso una serie de flexibilizaciones en diversas actividades desde este lunes 5 de octubre.


Estas nuevas determinaciones fueron consensuadas con el Ministerio de Salud de la Nación y establecidas en la necesidad de volver paulatinamente a la nueva realidad que plantea la situación de la pandemia por COVID-19 en las ciudades fueguinas, puntualizando la necesidad del cuidado sanitario personal y colectivo.

A raíz de ello, se mantiene que la concurrencia de las personas, que requieran algunos de los servicios autorizados o producto en venta, o concurrencia a puesto de trabajo, será siempre de acuerdo a la terminación de DNI o patente par o impar, y dando estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes en materia de COVID-19 para cada rubro.

En la ciudad de Ushuaia desde este lunes:

  • Se autoriza el inicio de la actividad del Subsector Privado de Salud de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. Para circular los pacientes deberán exhibir constancia de turno en soporte papel o digital, junto a su DNI.
  • Se autoriza la actividad de comercios con atención al público, de lunes a sábado en el horario de 09 a 21 horas.
  • Se amplía el horario de supermercados de lunes a domingo de 09 a 21 horas, los comercios de proximidad de lunes a domingo en el horario de 09 a 22 horas, farmacias de lunes a domingo de 08 a 22 horas y rubro panificación de lunes a domingo en el horario de 07 a 22 horas.
  • Se autoriza la actividad de talleres mecánicos de chapa y pintura de lunes a sábado en el horario de 09 a 21 horas.
  • Se mantiene el horario de atención de locales de expendio de comidas elaborada mediante sistema de delivery o take away de lunes a domingo de 10 a 00 horas.
  • Se autoriza la actividad de trabajadores independientes (contadores, abogados, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, escribanos, martilleros, arquitectos) de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar matricula o constancia de trabajo.
  • Se autoriza el inicio de la actividad de trabajadores cuentapropistas de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o de constancia de trabajo.
  • Se autoriza la actividad deportiva individual al aire libre, salidas recreativas y práctica de entrenamiento grupal al aire libre sin realización de partidos o prácticas de contacto de lunes a domingo en el horario de 08 a 21 horas, cualquier día de la semana.
  • Al mismo tiempo, se mantiene la prohibición de realización de cualquier tipo de actividad deportiva o grupal en espacios cerrados.
  • Se autorizan los encuentros entre niños, niñas y adolescentes al aire libre, con un máximo de 10 personas, manteniendo el mismo grupo en todos los encuentros, respetando la distancia social obligatoria uso de tapabocas y prohibición de compartir elementos de uso personal, mate, vasos, etc. de lunes a domingo en el horario de 09 a 21 horas.
  • Se autoriza el inicio de la actividad de Obra Pública y Privada únicamente para aquellas que se encuentren en etapa de construcción al aire libre, de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o constancia de trabajo.
  • Se autoriza el servicio doméstico y niñeras de lunes a sábado de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar constancia de trabajo.
  • Se Autoriza la apertura de locales de cobranza privados y cobranza de la Dirección Provincial de Energía, de lunes a sábado de 09 a 21 horas.
  • Se autoriza el retorno de la actividad industrial desarrollada en el marco del sub-régimen de promoción industrial, con jornadas de hasta 8 horas, incluyendo a las empresas que presten servicios para las mismas. Las empresas electrónicas deberán restringir la actividad al 50% de la capacidad productiva instalada.

Además en toda la provincia:

  • Se dispone la obligatoriedad de los establecimientos cuyo rubro sea la actividad industrial, de informar la Dirección de Epidemiología el detalle de puestos de trabajo de líneas o sector con identificación de los trabajadores ante la presencia de un caso sospechoso o confirmado y a requerimiento de la autoridad sanitaria local.
  • Se autoriza el egreso de personas de la Ciudad de Ushuaia a los fines del traslado a los Centros invernales o para realización de actividad deportiva autorizada en montaña con limite en el Lago Escondido. Se mantiene vigente la prohibición de circular hasta la Ciudad de Tolhuin o Rio Grande.
  • Se autoriza el egreso de personas de la Ciudad de Río Grande a los fines de realizar actividad autorizada mediante la normativa vigente con límite en el Puente Justicia, manteniéndose la prohibición de circular hasta la Ciudad de Tolhuin o Ushuaia.
  • Se autoriza la circulación de personas desde la Ciudad de Tolhuin hacia Río Grande o Ushuaia solo por motivos de resolver cuestiones de Salud debidamente documentadas y previa autorización que deberá ser solicitada al mail jodiaz@tierradelfuego.gov.ar o al teléfono 02964-608566 y/o 02964-477400 de lunes a viernes de 10 a 16 horas, debiendo realizar aislamiento solo o con su grupo familiar por el plazo de 14 días desde que regresan a la Ciudad de Tolhuin.